Acuerdos de Reconocimiento Mutuo OEA
Infórmate de los acuerdos UE con países terceros para agilizar tus operaciones comerciales
En el texto de cada Acuerdo de Reconocimiento Mutuo internacional se contienen las ventajas que los operadores económicos autorizados OEA tipo "S", Seguridad y Protección, pueden obtener de las aduanas de los países terceros firmantes, en sus operaciones de comercio internacional con esos países.
- EE.UU.
- China
- Japón
- Suiza
- Noruega
- República de Moldavia
- Reino Unido
El Acuerdo de Reconocimiento Mutuo con Reino Unido está integrado en el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido, en su Anexo 1 (páginas 566 y ss.).