Mantenimiento autorización OEA
Obligaciones del OEA y requisitos para mantener la autorización
Es obligación del titular de la autorización de OEA comprobar que sigue cumpliendo los requisitos que se auditaron por la aduana para la concesión. Ello supone aplicar eficazmente los procedimientos o herramientas que el OEA tenga implantados y actualizados, para detectar incumplimientos e irregularidades en su operativa, así como en su caso, tomar las medidas correctivas necesarias para solucionar dichas situaciones.
Es obligación del titular de la autorización de OEA informar sin demora a la autoridad aduanera de expedición de cualquier elemento surgido tras la concesión de la misma que pueda influir en su mantenimiento o contenido, en virtud de lo previsto en el artículo 23.2 del Reglamento (UE) Nº 952/2013.
El titular de la autorización de OEA queda obligado a mantener un adecuado cumplimiento en relación con las condiciones y requisitos exigidos por la normativa para su concesión, así como a las obligaciones de la misma.
Para ayudar a los titulares OEA en el cumplimiento de estas obligaciones de mantenimiento, consultar en Ayuda los documentos: Qué debe comunicarse y Cómo comunicar variaciones.