Destinos especiales: Importación temporal y destino final
Infórmate de las exenciones que tienen las mercancías por su reexportación o su especial destino
¿Qué operaciones permite el régimen de importación temporal?
En el marco del régimen de importación temporal, las mercancías no pertenecientes a la Unión destinadas a la reexportación podrán ser objeto de un destino especial en el territorio aduanero de la Unión con exención total o parcial de derechos de importación y sin estar sometidas a lo siguiente:
- a otros gravámenes prescritos por otras disposiciones pertinentes en vigor
- a medidas de política comercial en la medida en que no prohíban la entrada de mercancías en el territorio aduanero de la Unión o su salida de él
- que no esté previsto que las mercancías sufran cambio alguno, a excepción de la depreciación normal causada el uso que se haga de ellas