Funcionamiento y manejo de la Plataforma Informativas (última versión)
Saltar índice de la informaciónGenerar declaraciones complementarias o sustitutivas
Declaraciones complementarias
En el caso de las declaraciones Informativas, el programa de ayuda no contempla las declaraciones complementarias por modificación o anulación de datos.
Es decir, sólo se marcará con una "X" la casilla "Declaración complementaria por inclusión de datos" (dentro de la Plataforma Informativas en la pestaña que contiene los datos del declarante) cuando la presentación de la declaración tenga por objeto incluir perceptores (declarados o lo que corresponda) que, debiendo haber sido incluidos en otra declaración del mismo ejercicio presentada con anterioridad, hubieran sido completamente omitidos en la misma. En la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.
En este caso, deberá incluirse también el número identificativo de la declaración anterior. Hay que tener en cuenta que es necesario generar de nuevo el fichero para la presentación electrónica de la declaración.
Para modificar datos incluidos en una declaración ya presentada (corregir, dar de alta o baja registros y corregir la hoja resumen) se utilizará la opción "Consultas y modificaciones de declaraciones" correspondiente a cada modelo, a la que se puede acceder desde la Sede Electrónica.
Declaraciones sustitutivas
Cuando la presentación de la declaración tenga por objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior en la cual se hubieran incluido datos inexactos o erróneos, se marcará la casilla "Declaración sustitutiva". En este caso, deberá incluirse también el número identificativo (número de justificante) de 13 dígitos de la declaración anterior.
Cumplimenta la declaración, marca la casilla correspondiente y genera de nuevo el fichero para la presentación electrónica de la declaración complementaria o sustitutiva.