Preguntas frecuentes para Entes Locales
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La plataforma está destinada a las entidades locales, entendiendo como entidad local a su administración general y al resto de entidades, organismos y entes dependientes de ella, incluidos en el sector de las Administraciones Públicas, subsector de Corporaciones Locales, de acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
El 5 de mayo de 2025 se ha aprobado un Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se establece el procedimiento y la asignación para 2025 de los importes máximos para atender las obligaciones pendientes de pago a
proveedores de determinadas entidades locales con cargo al compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a Entidades Locales, y se fijan las condiciones financieras aplicables en los préstamos que se formalicen, y, en su caso, en las retenciones de la participación en tributos del Estado.
El extracto con el contenido esencial y las características principales de dicho acuerdo se encuentra disponible en el siguiente enlace:
El artículo 40 del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, que define el ámbito objetivo de aplicación del Fondo de Ordenación, establece la posibilidad de financiar las obligaciones pendientes de pago de las entidades locales con sus proveedores, de acuerdo con un doble régimen, según se inicie el procedimiento a instancia de dichas entidades (régimen voluntario) o de oficio por el Ministerio de Hacienda (régimen obligatorio) en los casos en los que se estén produciendo incumplimientos reiterados del plazo máximo de pago a proveedores fijado en la normativa de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La plataforma permitirá, a los entes locales habilitados, la gestión de las facturas pendientes de pago a sus proveedores y que se financiarán a través del ICO. El listado de Entidades Locales incluidas en el Procedimiento de Pago a Proveedores 2025 se encuentra publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Hacienda.
En ambas relaciones están incluidas las entidades locales principales y sus dependientes, siempre que estén clasificadas como administraciones públicas, y están disponibles en los siguientes enlaces:
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Régimen de participación obligatoria:
https://www.hacienda.gob.es/SGFAL/DGCFEL/PagoProveedoresEELL/Listado-de-EELL-incluidas-en-el-Procedimiento-de-Pago-a-Proveedores-2025-modalidad-OBLIGATORIA.pdf -
Régimen de participación voluntaria:
https://www.hacienda.gob.es/SGFAL/DGCFEL/PagoProveedoresEELL/Listado-de-EELL-incluidas-en-el-Procedimiento-de-Pago-a-Proveedores-2025-modalidad-VOLUNTARIA.pdf
Sí, también se permite el acceso a la plataforma mediante el uso de Cl@ve.
En este caso, será necesario disponer previamente de un apoderamiento al procedimiento ZZ581 - Gestión de facturas Entidades Locales (ACDGAE de 05-05-2025), que permite realizar este trámite en representación de un determinado ente local.
El NIF del Ente principal registrado en la AEAT como oficina gestora debe otorgar poder para realizar el trámite ZZ581 al NIF de la persona que va a gestionar las facturas. Puede apoderarlo telemáticamente mediante su certificado electrónico desde Sede electrónica, siguiendo la ruta: "Inicio", "Información y Gestiones", "Colaborar con la Agencia Tributaria", "Registro de apoderamientos", "Alta de poder mediante identificación electrónica".
Para acceder a la plataforma, las personas autorizadas por las entidades necesitan disponer de un certificado electrónico admitido por la AEAT para acceder a su Sede Electrónica (certificado electrónico X.509V3 expedido por la FNMT o cualquier otro certificado electrónico admitido por la AEAT de acuerdo con lo previsto en la Orden HAP/800/2014, de 9 de mayo). A continuación, se indican los tipos de certificados admitidos:
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Certificado electrónico de representante de persona jurídica. El NIF de la persona jurídica debe corresponder con el NIF de un ente principal.
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Certificado de persona física. Necesita estar apoderado al trámite ZZ581 - Gestión de facturas Entidades Locales (ACDGAE de 05-05-2025) por el ente principal y al trámite ZZ582 - Envío de consulta para soporte a Entidades Locales (ACDGAE de 05-05-2025).
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Certificado de empleado público. El certificado debe tener el NIF del ente principal y, además, necesita estar apoderado al trámite ZZ581 - Gestión de facturas Entidades Locales (ACDGAE de 05-05-2025) por el ente principal y al trámite ZZ582 - Envío de consulta para soporte a Entidades Locales (ACDGAE de 05-05-2025).