Cuentas Mancomunadas - No hay suficientes apoderados o Falta el segundo NIF por ser cuenta conjunta
Se consideran cuentas mancomunadas aquellas que requieren la autorización de todos los titulares a la hora de realizar cualquier operación.
No es posible realizar el pago de impuestos mediante cuentas mancomunadas a través de la Pasarela de Pagos de AEAT.
Se puede obtener un error como respuesta de la Entidad Financiera, sin embargo, la incidencia se produce en la operativa de AEAT, ya que no se acepta esta operativa de doble firma en nuestra pasarela de pagos. Los errores que habitualmente van a devolver las entidades debido a esto pueden ser:
"La operación no se ha podido realizar. Respuesta de la Entidad Financiera: [85] No hay suficientes apoderados"
ó
"Ha ocurrido un error. Origen: EF . 82- Falta segundo NIF por ser cuenta conjunta"
Los afectados deben obtener el NRC directamente en su Entidad Financiera. Para tasas es posible que sí puedan proceder ya que la autenticación corresponde al organismo gestor de la tasa. Deben en este caso contactar con el organismo que gestione la tasa (si la tasa es de la AEAT, no se aceptará la doble firma).