Renta 2020
Saltar índice de la informaciónModificación de una declaración presentada de Renta 2020
Si tras presentar la declaración de Renta 2020 consideras que la declaración contiene errores u omisiones en los datos declarados, puedes hacer una modificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente al expediente de Renta.
Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación de 2020, por resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada o una cantidad a ingresar menor. También se utilizará esta opción si se necesita informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Puedes acceder a la opción "Modificación de una declaración ya presentada" desde el apartado “Ejercicios anteriores” dentro de los trámites de Renta.
El acceso requiere identificarse con firma digital (certificado o DNI electrónico), Cl@ve o con la referencia de Renta de la campaña actual.
En el apartado "Estado de la Tramitación" verás en qué estado se encuentra la declaración anterior. A continuación, entre los "Servicios disponibles" tendrás la opción de "Modificar declaración".
Al pulsar en ella, te dará opción a continuar con la última sesión de trabajo guardada, modificar la declaración presentada o generar una nueva declaración. A continuación, pulsa sobre "Modificar declaración presentada".
Si has realizado varias presentaciones, en la siguiente ventana tendrás que pulsar sobre aquella autoliquidación que quieres rectificar.
Se accederá directamente a la página de la declaración en la que debes indicar el tipo de modificación que vas a hacer, si es una rectificación de la autoliquidación o una declaración complementaria.
La rectificación de la autoliquidación podrá realizarse:
- Siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
- Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si ésta se presentó fuera de dicho plazo.
También podrá presentarse la rectificación desde presentaciones externas o desde fichero.
Marca la casilla 127 y, en la nueva ventana, la opción "Si desea iniciar un procedimiento de rectificación...". Se mostrarán los datos de la anterior autoliquidación: el resultado a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2020 (casilla 670) o bien el resultado a devolver (casilla 695) así como el "Número de justificante de la autoliquidación" de la autoliquidación cuya rectificación se solicita. Indica el número de cuenta (IBAN) en la que deseas que se realice la devolución. Tendrás también en esa pantalla el icono "copiar IBAN" que te permite dejarlo en el portapapeles y pegarlo en cualquier otro momento en la sesión.
Al incluir estos datos aparecerá un aviso en el que se informa de que si la declaración se ha de presentar en modalidad conjunta, la introducción de estos datos en la declaración debe realizarse también desde esta modalidad.
En el caso de una declaración complementaria, marca la casilla 107 o la alternativa para indicar la causa que motiva la presentación de la declaración complementaria.
Después de marcar la casilla correspondiente, lo recomendable es trabajar sobre la declaración presentada, ya que la nueva contendrá además de los datos reflejados en la autoliquidación originaria, los de nueva inclusión o modificación. Para seguir cumplimentando la declaración, puedes navegar por los distintos apartados desde las flechas disponibles o accediendo a "Apartados".
Tras subsanar los errores u omisiones de la autoliquidación recuerda que puedes verificar los cambios realizados desde "Resumen de declaraciones" y comprobar también el cual sería el resultado de la declaración actual.
Utiliza el botón "Validar" para comprobar que la declaración está correctamente cumplimentada. Si no se detecta ningún error, puedes enviar la declaración modificada pulsando el botón "Presentar declaración".
Al acceder de nuevo a tu expediente podrás visualizar la declaración presentada en primera instancia y la rectificación posterior.