10.8.4. Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
Los contribuyentes podrán deducirse el 15 por ciento de las cantidades donadas a:
- Las Universidades públicas de la Comunidad.
- Las fundaciones y a otras instituciones cuya actividad principal sea la investigación, el desarrollo y la innovación
Límite
La base de esta deducción junto las relativas a la recuperación del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Castilla y León, y a las donadas a las Fundaciones de Castilla y León para esos fines, no podrá exceder del 10 por 100 de la base liquidable. Este límite, que opera independientemente de las deducciones generales por inversiones y donativos, es aplicado y controlado por el programa.empresarial para la financiación de proyectos desarrollados en Castilla y León, para alguna de estas finalidades.
Cumplimentación
En la ventana se reflejarán las cantidades donadas con derecho a la deducción.