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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

10.5.28. Por mínimo personal, familiar y por discapacidad para residentes en la isla de La Palma

Esta deducción no será aplicable a los contribuyentes fallecidos antes del 19 de septiembre de 2021.

Los contribuyentes con residencia habitual en el año 2021 en la isla de La Palma podrán practicar una deducción en la cuota íntegra autonómica equivalente al resultado de aplicar el tipo de gravamen del primer tramo de la escala autonómica, sobre una base constituida por el 10% de cada una de las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad regulados en la Ley de IRPF siempre que concurra alguna de las siguientes situaciones:

  • Que hayan sido desalojados de forma definitiva de los inmuebles donde residían, por haber quedado destruidos, inhabitables o inaccesibles, como consecuencia de la erupción volcánica iniciada el 19 de septiembre de 2021.

    Los contribuyentes desalojados deberán acreditar, por cualquier medio de prueba admitido en derecho, como por ejemplo, certificado de empadronamiento o contrato de alquiler, entre otros, que en dicha fecha tenían su residencia en esos inmuebles, con independencia del tiempo de permanencia en los mismos anterior a dicha fecha.

  • Que los inmuebles donde se ubicaban sus lugares de trabajo o sus medios de subsistencia, hayan quedado destruidos, inhabitables o inaccesibles de forma definitiva, como consecuencia de la erupción volcánica iniciada el 19 de septiembre de 2021.

    Tendrán que acreditar, por cualquier medio de prueba admitido en derecho, que en dicha fecha esos inmuebles constituían el lugar de trabajo del contribuyente o su medio de subsistencia, con independencia del tiempo anterior en que lo hayan sido.

Esta deducción será aplicable exclusivamente en los ejercicios 2021 y 2022.

Cumplimentación

Si cumple los requisitos para tener derecho a la deducción marcará la casilla habilitada al efecto.