10.7.2. Por discapacidad del contribuyente
Los contribuyentes un grado de discapacidad acreditado igual o superior al 65% y tengan derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad del contribuyente podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica 300 euros.
Requisitos y condiciones
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La suma de la base imponible general y la del ahorro no debe superar la cantidad de 27.000 euros en tributación individual o de 36.000 euros en tributación conjunta.
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Esta deducción es incompatible con la deducción por discapacidad de ascendiente o descendiente respecto de una misma persona.
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Esta deducción será incompatible con la deducción "Para contribuyente mayor de 75 años". En el caso de que el contribuyente mayor de 75 años tenga la condición de discapacidad en un grado igual o superior al 65%, se aplicará la deducción por discapacidad.
- Para la aplicación de la deduccio se tendrá en cuenta las normas para la aplicación del mínimo del contribuyente y discapacidad contenidas en la Ley de IRPF.
Esta deducción es incompatible con la deducción por arrendamiento de vivienda habitual por personas discapacitadas
Cumplimentación
La deducción será calculada por el programa en base a los datos que haya indicado en las ventanas de "Datos personales y familiares".