10.7.20. Por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas
Los contribuyentes que formen parte de una familia numerosa reconocida como tal de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2003 podrán deducirse el 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros.
El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto.
Requisitos y condiciones
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Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 euros en tributación conjunta.
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Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el NIF del arrendador de la vivienda.
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Que a la fecha del devengo del impuesto se tenga reconocida la condición de familia numerosa y se esté en posesión del título acreditativo de dicha condición
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El límite de esta deducción se prorrateará por el número de días en los que permanezca vigente el arrendamiento dentro del periodo impositivo y, además, cuando dos o más contribuyentes declarantes del impuesto tengan derecho a la aplicación de esta deducción por una misma vivienda, el límite se prorrateará entre ellos a partes iguales.
Incompatibilidad
Esta deducción es incompatible con las deducciones: "Por familia numerosas", "Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años", "Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago", "Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales" y "Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad".
Cumplimentación
Si, conforme a lo expuesto, tiene derecho a aplicar la deducción consignará el importe satisfecho por el arrendamiento, indicará el número de días en el que el contrato estuvo vigente, el número de personas con derecho a la deducción, el NIF del arrendador o, en su defecto, el Nº de identificación del arrendador en el país de residencia.
El programa trasladará los datos al Anexo B.8 de la declaración.