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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.10.10. Para contribuyentes viudos

Cuantía y requisitos 

Los contribuyentes viudos tendrán derecho a aplicar una deducción de 100 euros, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 19.000 euros en caso de tributación individual y a 24.000 euros en caso de tributación conjunta.

Para los contribuyentes con residencia habitual en municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes, las bases imponibles general y del ahorro no podrán superar los 28.000 euros en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta. En el supuesto de familias numerosas residentes en dichos municipios o entidades locales menores, no existirá ningún límite de bases imponibles.

La residencia habitual se determinará conforme a los criterios establecidos en la Ley de IRPF aplicándolos al municipio o entidad local menor.

El importe de la deducción se eleva a 200 euros si el contribuyente viudo tiene a su cargo uno o más descendientes con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, y siempre que estos no perciban ningún tipo de rentas.

No tendrán derecho a la aplicación de esta deducción los contribuyentes que hayan sido condenados, en virtud de sentencia firme por delitos de violencia de género contra el cónyuge fallecido.

Incompatibilidad

Esta deducción será incompatible para el contribuyente en estado de viudedad con la aplicación de la deducción por trabajo dependiente. Si tuviera derecho a ambas deducciones, el contribuyente podrá optar por la de mayor cuantía.

Esta incompatibilidad se refiere a una misma persona, pudiendo simultanearse, en tributación conjunta, esta deducción de viudedad del declarante, con la deducción por rendimientos de trabajo de alguno de los hijos pertenecientes a la unidad familiar.

Cumplimentación

Si ha tenido su residencia habitual en un municipio o entidad local menor con población inferior a 3.000 habitantes y forma parte de una familia numerosa marcará la casilla habilitada con este fin.

Si ha tenido su residencia habitual en dichos municipios o entidades locales menores pero no forma parte de una familia numerosa lo indicará marcando la casilla correspondiente.

Adicionalmente, si tiene derecho a la deducción marcará la casilla correspondiente y, en el caso de que tenga a su cargo descendientes por los que se ha aplicado el mínimo por descendientes y que no hayan percibido rentas, deberá marcar la casilla habilitada con este fin.