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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

10.7.24. Para compensar los efectos de la inflación

Cuantía y límites

Las cantidades satisfechas en la adquisición de los bienes y servicios que integran la cesta de la compra a que se refiere el Instituto Nacional de Estadística, con los siguientes límites:

  • 200 euros, para los contribuyentes cuya suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro del periodo impositivo sea inferior a 12.500 euros. Este límite podrá incrementarse en 50 euros por cada hijo o descendiente a cargo del contribuyente.

  • 150 euros, para los contribuyentes cuya suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro del periodo impositivo sea inferior a 21.000 euros. Ese límite podrá incrementarse en 37,50 euros por cada hijo o descendiente a cargo del contribuyente.

  • 100 euros, para los contribuyentes cuya suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro del periodo impositivo sea inferior a 30.000 euros. Este límite podrá incrementarse en 25 euros por cada hijo o descendiente a cargo del contribuyente.

Requisitos y condiciones

  • A efectos de la aplicación de la presente deducción se tomarán en consideración únicamente los gastos satisfechos por el contribuyente en los siguientes grupos que componen la cesta de la compra del Índice de Precios de Consumo: 01 (alimentos y bebidas no alcohólicas), 03 (vestido y calzado), 04 (vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles) y 06 (sanidad)

  • Para la aplicación del incremento de los límites de la presente deducción solo se tendrán en cuenta aquellas hijas o aquellos hijos o descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes previsto en la LIRPF.

Cumplimentación

Consignará el importe satisfecho con derecho a deducción

El límite incrementado por hijo lo aplicará el programa en función de los datos familiares consignados.