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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2022

3.3.3. Formas de pago

En el caso de que la declaración fuera a ingresar el contribuyente podrá elegir alguna de las siguientes modalidades de ingreso:

  • Domiciliación del pago en una entidad de crédito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Banco, Caja de Ahorro o cooperativa de crédito) sita en territorio español en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que domicilia el pago.

  • Pago electrónico

  • Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago

  • Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento,

  • Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación

  • Reconocimiento de deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE

  • Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago

  • Ingreso parcial y reconocimiento de con solicitud de aplazamiento

  • Ingreso y reconocimiento deuda con solicitud de compensación

  • Ingreso parcial y reconocimiento deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE

  • Reconocimiento deuda y pago por transferencia. Podrán efectuar el pago mediante transferencia, previo reconocimiento de deuda, sólo aquellos contribuyentes que opten por realizar el ingreso de forma no presencial y no dispongan de una cuenta de su titularidad en ninguna entidad colaboradora. Si el pago se realiza desde una entidad colaboradora será devuelto a la cuenta de origen con las consecuencias legales que implica el incumplimiento de la obligación de pago.

En Renta WEB las modalidades de ingreso se van a agrupar en: "No fraccionado" y "Pago fraccionado".

Si selecciona "No fraccionado" podrá:

  • Domiliciar el importe a ingresar.

  • Ingresar con pago electrónico (pago con cargo en cuenta, pagar con tarjeta de crédito/débito, introducir eL NRC ya generado)

  • Ingresar acudiendo a un Banco/Caja con el documento de ingreso.

  • Optar por otras modalidades de pago:

    • Reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago

    • Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento,

    • Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación

    • Reconocimiento de deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE

    • Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago

    • Ingreso parcial y reconocimiento de con solicitud de aplazamiento

    • Ingreso y reconocimiento deuda con solicitud de compensación

    • Ingreso parcial y reconocimiento deuda con solicitud de pago mediante entrega de bienes del PHE

    • reconocimiento deuda y pago por transferencia

Si selecciona" Pago fraccionado" podrá domiciliar el primero y/o el segundo plazo en los plazos recogidos en el apartado 3.3.4.