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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.1.14. Por donativos con finalidad ecológica

Cuantía

El 10% con el límite de 150 euros por las cantidades donadas durante el período impositivo a favor de cualquiera de las siguientes instituciones:

  1. Las entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de corporaciones locales de Andalucía, cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente, quedando afectos dichos recursos al desarrollo de programas de esta naturaleza.

  2. Las entidades sin fines lucrativos y las entidades beneficiarias del mecenazgo, reguladas respectivamente en los artículos 2 y 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo, siempre que su fin exclusivo sea la defensa del medio ambiente y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La efectividad de la donación se justificará de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y en sus normas de desarrollo.

Cumplimentación

Consignará el importe satisfecho con derecho a deducción.