Saltar al contenido principal
Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.12.14. Por gastos derivados de arrendamiento de vivienda

Cuantía

El 10% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por gastos de conservación y reparación, formalización de contratos de arrendamiento, primas de seguros por daños e impagos y obtención de certificados de eficiencia energética vinculados con tales arrendamientos.

El límite de la deducción es de 154,65 euros anuales tanto en tributación individual como en conjunta y con independencia del número de inmuebles arrendados.

Requisitos y condiciones

  • La deducción sólo será aplicable respecto de aquellos contratos de arrendamientos de vivienda que recaen sobre una edificación habitable cuyo destino primordial es satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

  • La deducción se aplicará por los gastos incurridos en el ejercicio aunque el inmueble no esté arrendado siempre y cuando se acredite que el inmueble está en expectativas de alquiler; es decir, que los gastos satisfechos están dirigidos exclusivamente a la futura puesta a disposición del mismo en régimen de arrendamiento como vivienda.

Cumplimentación

Consignará el importe satisfecho con derecho a deducción.