10.12.9. Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de treinta y cinco años
Cuantía
Los contribuyentes menores de 35 años que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores podrán aplicar una deducción de 1.031 euros en el período impositivo en el que se produzca el alta en el Censo.
Requisitos y condiciones
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La actividad económica debe desarrollarse principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.
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El contribuyente debe mantenerse en el citado Censo durante al menos un año desde el alta.
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En tributación conjunta no se multiplicará el importe de la deducción por el número de miembros de la unidad familiar que cumplan con los requisitos exigidos para su aplicación.
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La deducción se aplicará exclusivamente a aquellos contribuyentes que causen alta, como persona física o como partícipe en una entidad en régimen de atribución de rentas por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Cumplimentación
Si cumple los requisitos para aplicar la deducción marcará la casilla habilitada con ese fin.