10.14.21. Por cantidades destinadas a investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico de La Rioja
Cuantía
El 15 % de las cantidades destinadas a la investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación de bienes que sean de su titularidad en propiedad o en usufructo, que formen parte del patrimonio histórico de La Rioja y que estén inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja.
No podrá aplicarse esta deducción a las cantidades destinadas a inversiones empresariales.
Límite
El límite de esta deducción por contribuyente es de 500 euros anuales.
Cumplimentación
Consignará el importe satisfecho con derecho a la deducción.