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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2023

10.3.12. Por adquisición de libros de texto y material escolar

Por las cantidades destinadas por los contribuyentes a la adquisición de libros de texto para sus descendientes, siempre que hayan sido editados para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. También, y dentro de la misma deducción, se podrá deducir la adquisición de material escolar para dichos niveles educativos.

Se entenderá por material escolar a el conjunto de medios y recursos que facilitan la enseñanza y el aprendizaje, destinados a ser utilizados por los alumnos para el desarrollo y aplicación de los contenidos determinados por el currículo de las enseñanzas de régimen general establecidas por la normativa académica, así como la equiparación y complementos que la dirección y/o el Consejo Escolar del centro educativo haya aprobado para la etapa educativa de referencia.

La acreditación de las adquisiciones se podrá hacer mediante factura o cualquier otro medio admitido en derecho.

Solo se tendrá derecho a esta deducción cuando la base imponible no resulte superior a 26.000 euros en tributación individual ni a 37.000 euros en tributación conjunta.

Dado que la norma no exige convivencia con el progenitor, podrán aplicarse la deducción aquellos contribuyentes que lleven a cabo gastos de esta naturaleza respecto de descendientes que no convivan con el mismo.

La deducción aplicada por los gastos originados no puede exceder de determinados límites.

Para la Tributación conjunta dichos límites son los siguientes:

Base imponible*

LIMITE deducción

Hasta 12.000,00 euros

100 euros/descendiente

Entre 12.000,01 y 20.000,00 euros

75 euros/descendiente

Entre 20.000,01 y 37.000,00 euros

50 euros/descendiente

* Suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro.

Para la Tributación individual, dichos límites son los siguientes:

Base imponible *

LIMITE deducción

Hasta 6.500,00 euros

50 euros/descendiente

Entre 6.500,01 y 10.000,00 euros

37,50 euros/descendiente

Entre 10.000,01 y 26.000,00 euros

25 euros/descendiente

* Suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro.

En el caso de contribuyentes que formen parte de una unidad familiar que ostente el título de familia numerosa, el importe máximo de la deducción será de 150 euros en declaración conjunta y 75 en declaración individual.

La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros y del material escolar y cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción ésta se prorrateará por partes iguales.

Esta deducción se minorará, para cada descendiente, en la cantidad correspondiente a las becas y ayudas percibidas en el periodo impositivo procedentes del Principado de Asturias u otra Administración Pública.

Cumplimentación

A través de una ventana de captura de datos deberá reflejar para cada descendiente (el programa tiene casillas hasta para 6 descendientes) el importe del gasto satisfecho por el titular de la declaración. Adicionalmente, si el cónyuge tiene derecho a la deducción lo indicará marcando la casilla correspondiente. 

Si hubiera percibido subvenciones, becas o ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar consignará las cantidades recibidas por cada descendiente que corresponda al contribuyente.

Si forma parte de una familia numerosa marcará la casilla habilitada con ese fin.