10.10.14. Para arrendadores de viviendas vacías
Esta deducción solo es aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos entre el 26/10/2024 y el 21/11/2024.
Cuantía
Los propietarios o usufructuarios que arrienden viviendas que hayan estado en desuso, podrán aplicar una deducción del 30% del rendimiento neto reducido obtenido por dichos arrendamientos, con un máximo de 1.200 euros por contribuyente.
El importe de la deducción se calculará sobre los rendimientos netos reducidos obtenidos por el arrendamiento y declarados por el contribuyente en su autoliquidación no siendo aplicable si se iniciara un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que tuviera por objeto la comprobación de los rendimientos de capital inmobiliario o de la deducción que terminara con su regularización.
Requisitos y condiciones
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de celebrar el contrato de arrendamiento siendo la deducción aplicable mientras estos se sigan cumpliendo.
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Que la vivienda arrendada esté situada en Extremadura.
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Que haya estado vacía y en desuso durante al menos un año antes de la formalización del contrato y se destine a ser la vivienda habitual del arrendatario.
A estos efectos se entenderá que la vivienda ha estado vacía y en desuso cuando haya generado imputaciones de renta inmobiliaria en los términos previstos en la Ley del IRPF.
El concepto de vivienda habitual se ajustará a lo dispuesto en la Ley de IRPF.
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Que la duración del contrato de arrendamiento sea igual o superior a tres años.
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Que no se tenga la propiedad o el usufructo sobre más de tres viviendas, cualquiera que sea el porcentaje de titularidad.
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Que declaren en el IRPF el rendimiento derivado del arrendamiento como rendimientos del capital inmobiliario.
En caso de incumplimiento de estos requisitos el contribuyente deberá incluir en la declaración correspondiente al ejercicio en el que se produjo el incumplimiento la parte del impuesto que se dejó de pagar como consecuencia de la deducción practicada junto con los correspondientes intereses de demora.
En el caso de que varios contribuyentes tengan derecho a la deducción sobre una misma vivienda y para un mismo período impositivo, su importe se prorrateará según el porcentaje de titularidad.
Cumplimentación
Consignará el importe de los rendimientos netos reducidos obtenidos por el arrendamiento.
El importe de esta deducción y el de la deducción por inversiones en la rehabilitación de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler se reflejará en la casilla de otras deducciones.