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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024

10.14.24. Por adquisición de determinados vehículos eléctricos nuevos

Cuantía

El 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos.

Esta deducción solo podrá aplicarse a un vehículo por persona y en el periodo impositivo en el cual se matricule el vehículo cuya adquisición genera el derecho a aplicar la deducción.

Requisitos

  • Ha de tratarse de vehículos no afectos a actividades económicas del adquiriente.

  • El importe de adquisición del vehículo no puede superar los 50.000 euros.

  • Los vehículos han de pertenecer a alguna de las siguientes categorías:

    1. Furgonetas o camiones ligeros N1, vehículos para el transporte de mercancías cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas.

    2. Ciclomotores L1e,vehículos de dos ruedas con una velocidad máxima de 45 Km/h y potencia continua nominal no superior a 4 KW.

    3. Triciclos L2e, vehículos de tres ruedas con una velocidad máxima de 45 Km/h y potencia continua nominal no superior a 4 KW.

    4. Bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.

  • Cuando el vehículo adquirido pertenezca a la categoria N ha de tratarse de alguno de los siguientes tipos:

    • Vehículos eléctricos propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos homologados como GLP/ autogas, GNC Gas natural comprimido, GNL/ Gas natural licuado o bifuel gasolina-gas.

    • Eléctricos puros BEV

    • Eléctricos de autonomía extendida REEV, propulsados totalmente mediante motores eléctricos.

  • Cuando el vehículo adquirido pertenezca a las categorías L y bicicletas eléctricas deben estar propulsados exclusivamente por motores eléctricos, y estar homologados como vehículos eléctricos.

  • Las bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico deberán tener baterías de litio y cumplir con las prescripciones de las normas armonizadas que resulten de aplicación y en particular la Norma UNE-EN 15194:2009.

Límite máximo de la deducción

El importe máximo deducible por declaración será de 300 euros salvo para las bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico que será de 225 euros.

Cumplimentación

Deberá incluir, dentro de cada categoría, el importe satisfecho en la adquisición del vehículo.

El importe de esta deducción se reflejará en la casilla de otras deducciones.