Saltar al contenido principal
Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024

10.4.14. Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda. Primas de seguros

Cuantía

Los contribuyentes podrán deducir el 75% de los gastos satisfechos durante el ejercicio en concepto de primas de seguros que cubran total o parcialmente el impago de las rentas a las que el contribuyente tenga derecho por razón del arrendamiento de un bien inmueble, situado en las Illes Balears, a un tercero destinado a vivienda.

El importe máximo de esta deducción será de 440 euros anuales.

Requisitos

  • Que la duración del contrato de arrendamiento de vivienda con un mismo arrendatario sea igual o superior a un año.

  • Que se haya constituido el depósito de la fianza a favor del Instituto Balear de la vivienda.

  • Que el contribuyente declare en el IRPF el rendimiento derivado de las rentas del arrendamiento de la vivienda como rendimientos del capital inmobiliario.

  • En el caso de contribuyentes fallecidos antes de 13 de diciembre no existe ningún límite de base imponible. En el resto de los casos, la base imponible total del contribuyente no puede superar los 84.480 euros en tributación conjunta y los 52.800 euros en tributación individual.

  • La aplicación de esta deducción queda condicionada a la justificación documental, mediante las facturas o los documentos equivalentes los cuales se tienen que mantener a disposición de la administración tributaria. Este requisito no será aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos antes del 13 de diciembre.

Cumplimentación

Deberá indicar el importe de las primas de seguro satisfechas en el ejercicio.