10.10.18. Por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por la C. A. de Extremadura a las personas con ELA
Los contribuyentes que hubiesen integrado en la base imponible general el importe correspondiente a una subvención o cualquier otra ayuda pública otorgada por la Comunidad Autónoma de Extremadura a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica, podrán deducirse de la cuota íntegra el importe que resulte de aplicar los tipos medios de gravamen a la cuantía de la subvención o ayuda que se integre en la base liquidable.
Cumplimentación
Consignará el importe de la subvención y/o ayuda integrada en la base imponible general.