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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2025

10.3.27. Por gastos derivados de la enfermedad celíaca diagnosticada

Cuantía

100 euros por los gastos en que incurran asociados a la enfermedad celíaca por cada miembro de la unidad familiar diagnosticado con la citada enfermedad.

Requisitos y condiciones

  • A los exclusivos efectos de esta deducción, se considerarán personas integrantes de la unidad familiar del contribuyente al propio contribuyente, su cónyuge en los casos de declaración conjunta y aquellas personas que generen el derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes o descendientes.

  • La condición de enfermedad celíaca deberá acreditarse mediante informe médico oficial que recoja el diagnóstico definitivo conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica.

    Dicho informe deberá ser emitido:

    • Por profesionales en ejercicio en el Servicio de Salud del Principado de Asturias o en otros servicios de salud públicos integrados en el Sistema Nacional de Salud (SNS), debidamente identificados mediante su Código Numérico Personal (CNP) o el homólogo que corresponda en cada Comunidad Autónoma.

    • En el caso de pacientes con aseguramiento sanitario privado, por profesionales adscritos a la entidad aseguradora correspondiente, debidamente identificados mediante su número de colegiado.

  • Solo tendrán derecho a esta deducción los contribuyentes cuya base imponible no resulte superior a 35.000 en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta.

  • Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos ascendientes o descendientes para un mismo período impositivo, el importe máximo de la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Cumplimentación

  • Consignará el importe de los gastos asociados a la enfermedad celíaca del contribuyente.

  • Reflejará los gastos asociados a la enfermedad celíaca del cónyuge.

  • En el caso de descendientes y/o ascendientes consignará el importe de los gastos y el número de personas con derecho a la deducción.

En todo caso reflejará el número de colegiado o el código numérico personal del médico que emite el informe.