4.2.11 Claves 00307 y 00308 libertad de amortización de gastos de investigación y desarrollo (Art. 12.3.c) LIS)
En la letra c) del apartado 3 del artículo 12 de la LIS se establece la libertad de amortización para los gastos de investigación y desarrollo activados como inmovilizado intangible, excluidas las amortizaciones de los elementos que disfruten de libertad de amortización.
En la clave [00308] (disminuciones) se consignará el exceso de amortización que sobre la amortización contable resulte deducible por los gastos a que se refiere la mencionada letra c) en el período impositivo objeto de declaración.
En la clave [00307] (aumentos) se consignará el importe de la amortización de los gastos referidos contabilizado en el período impositivo objeto de declaración y que haya sido deducido en períodos impositivos anteriores mediante la correspondiente disminución.
Asimismo, en el supuesto de transmisión del elemento que se haya acogido a la libertad de amortización, en el período impositivo en que se transmita se deberá incluir en esta clave el importe de los ajustes negativos practicados con anterioridad y que aún no se hayan integrado con signo positivo en la base imponible.