8.4 Deducciones para incentivar determinadas actividades
En la clave [00588] «Deducciones para incentivar determinadas actividades (Cap. IV Tít. VI y DT 24ª.3 LIS)» de la página 14 del modelo 200, los contribuyentes deberán consignar el importe de las deducciones para incentivar determinadas actividades previstas en el Capítulo IV del Título VI de la LIS, en el apartado tercero de la disposición transitoria vigésima cuarta de la LIS, así como en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que tengan derecho a aplicar en el periodo impositivo objeto de declaración. El importe consignado en esta clave será el que resulte de la cumplimentación del cuadro de desglose «Deducciones para incentivar determinadas actividades (Cap. IV Tit. VI y DT 24ª.3 LIS)» de las páginas 17 y 18 del modelo.
- 8.4.1 Deducciones con límite porcentual sobre cuota: notas comunes
- 8.4.2 Deducciones del Capítulo IV del Título VI y DT 24ª.3 LIS pendientes de aplicar al inicio del período
- 8.4.3 Deducciones del Capítulo IV del Título VI y DT 24ª.3 LIS (excepto programas prioritarios de mecenazgo) generadas en el período impositivo
- 8.4.4 Deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público (Artículo 27.3 Primero Ley 49/2002)