3.7.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio, cualquiera que sea el resultado de la cuota diferencial, será, con carácter general, será el mismo que el de la declaración del IRPF, ya que ambas declaraciones se deberán prersentar juntas. desde el 2 de abril al 1 de julio de 2019.