3.8.1. Modelo 714
Los contribuyentes que estén sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio, deberán efectuar la autoliquidación y, en su caso, ingresar la deuda por este Impuesto, utilizando para ello el modelo 714, tanto si la obligación de declarar del contribuyente es de carácter personal, como si es de carácter real.