4.2.17. Q) Saldos en monedas virtuales
En el caso de monedas virtuales (criptomonedas) el sujeto pasivo declarará el saldo de cada moneda virtual diferente de los que sea titular a la fecha del devengo, valorándose a precio de mercado en la citada fecha es decir, por su valor equivalente en euros a dicha fecha.
Cumplimentación
Respecto de cada moneda deberá consignar: la clave correspondiente al pleno dominio o nuda propiedad según cual sea su caso y el porcentaje de titularidad.
Si tuviera distintos derechos sobre el mismo bien la cumplimentación se realizará diferenciando el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos y consignando los datos correspondientes a cada uno pinchando para ello"alta bien o derecho".
Además indicará, el número de unidades, la denominación y el valor.
Si tuviera que relacionar más elementos que los contemplados en el programa podrá declararlos de manera acumulada en la última casilla. En este caso sólo tendrá que cumplimentar los datos relativos a la descripción y a la valoración.