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Patrimonio 2022

4.2.17. Q) Saldos en monedas virtuales

En el caso de monedas virtuales (criptomonedas) el sujeto pasivo declarará el saldo de cada moneda virtual diferente de los que sea titular a la fecha del devengo, valorándose a precio de mercado en la citada fecha es decir, por su valor equivalente en euros a dicha fecha.

Cumplimentación 

Respecto de cada moneda deberá consignar: la clave correspondiente al pleno dominio o nuda propiedad según cual sea su caso y el porcentaje de titularidad.

Si tuviera distintos derechos sobre el mismo bien la cumplimentación se realizará diferenciando el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos y consignando los datos correspondientes a cada uno pinchando para ello"alta bien o derecho".

Además indicará, el número de unidades, la denominación y el valor.

Si tuviera que relacionar más elementos que los contemplados en el programa podrá declararlos de manera acumulada en la última casilla. En este caso sólo tendrá que cumplimentar los datos relativos a la descripción y a la valoración.