5.10.2 Requisitos
Toda factura contendrá los datos siguientes:
-
Número y, en su caso, serie.
-
Fecha de expedición.
-
Nombre y apellidos, razón o denominación social completa del expedidor y del destinatario.
-
NIF del obligado a expedir la factura y, en determinados casos, del destinatario.
-
Domicilio del expedidor y del destinatario.
-
Descripción de las operaciones y datos necesarios para determinar la BI y su importe (precio unitario sin IVA, descuentos o rebajas).
-
Tipo o tipos impositivos.
-
Cuota tributaria consignada por separado.
-
Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición de la factura.
-
Además, en su caso, es obligatorio mencionar:
-
En las operaciones que estén exentas, la norma que establece la exención.
-
En las entregas de medios de transporte nuevos, la fecha de su primera puesta en servicio y las distancias recorridas u horas de navegación o vuelo realizadas hasta su entrega.
-
Cuando sea el adquirente o destinatario de la entrega o prestación quien expida la factura en lugar del proveedor o prestador, la mención “facturación por el destinatario”.
-
Cuando el sujeto pasivo del Impuesto sea el adquirente o el destinatario de la operación, la mención “inversión del sujeto pasivo”.
-
En caso de aplicación de los siguientes regímenes especiales, la mención “régimen especial de las agencias de viajes”, “régimen especial de los bienes usados”, “régimen especial de los objetos de arte” o “régimen especial de las antigüedades y objetos de colección” o “régimen especial del criterio de caja”.
-
Cuando se incluyen varias operaciones en la misma factura debe especificarse por separado la parte de base imponible de cada una de ellas cuando se incluyan las siguientes operaciones:
-
exentas y otras en las que no se dan dichas circunstancias.
-
en las que el sujeto pasivo del IVA es su destinatario y otras en las que no se dan esta circunstancia.
-
sujetas a diferentes tipos del IVA.
-
-