5.11.3 Ventajas del sistema
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Se dispondrá de información de calidad en un intervalo de tiempo suficientemente corto como para agilizar el sistema de gestión del IVA.
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Obtención de “Datos Fiscales”, ya que el contribuyente dispondrá en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria de un Libro Registro “declarado” y otro “contrastado” con la información de contraste procedente de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema.
Los contribuyentes podrán contrastar dicha información antes de la finalización del plazo de presentación de su declaración mensual de IVA.
El contribuyente tendrá la posibilidad de corregir los errores cometidos en los envíos sin necesidad de ser requerido por la Agencia Tributaria para ello.
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Disminución de los requerimientos de información por parte de la Agencia Tributaria, ya que muchos de los requerimientos actuales tienen por objeto solicitar los Libros registro, las facturas o datos contenidos en las mismas para comprobar determinadas operaciones.
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Moderniza y estandariza la forma de llevar los tradicionales Libros Registro de IVA.
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Reducción de las obligaciones formales, suprimiendo la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390.
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Reducción de los plazos de realización de las devoluciones, al disponer la Agencia Tributaria de la información en tiempo casi real y de mayor detalle sobre las operaciones.
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Los contribuyentes incluidos en el nuevo sistema verán ampliados en 10 días los plazos de presentación e ingreso de sus autoliquidaciones periódicas del IVA.