5.5.2 En qué consiste
Los proveedores repercuten al comerciante en la factura, el IVA correspondiente más el recargo de equivalencia, por separado y a los siguientes tipos:
-
Tipo general del 21 %:recargo del 5,2 %
-
Tipo reducido del 10 %: recargo del 1,4 %
-
Tipo superreducido del 4 %: recargo del 0,5 %
-
Tabaco: recargo del 1,75 %
El comerciante no está obligado a efectuar ingreso alguno por la actividad (lo hacen los proveedores), salvo por las adquisiciones intracomunitarias, cuando sea sujeto pasivo por inversión y por las ventas de inmuebles con renuncia a la exención.