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Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

5.5.2 En qué consiste

Los proveedores repercuten al comerciante en la factura, el IVA correspondiente más el recargo de equivalencia, por separado y a los siguientes tipos:

  • Tipo general del 21 %:recargo del 5,2 %

  • Tipo reducido del 10 %: recargo del 1,4 %

  • Tipo superreducido del 4 %: recargo del 0,5 %

  • Tabaco: recargo del 1,75 %

El comerciante no está obligado a efectuar ingreso alguno por la actividad (lo hacen los proveedores), salvo por las adquisiciones intracomunitarias, cuando sea sujeto pasivo por inversión y por las ventas de inmuebles con renuncia a la exención.