Determinación de la base liquidable general
Normativa: Art. 50.1 y 3 Ley IRPF
La base liquidable general es el resultado de reducir la base imponible general en el importe de las reducciones hasta ahora comentadas en este mismo Capítulo. Las reducciones se aplican a reducir la base imponible general, en el orden en el que se han comentado, sin que ésta pueda resultar negativa como consecuencia de tales reducciones.
Base liquidable general negativa
La base liquidable general puede ser negativa cuando lo sea la base imponible general por ser sus componentes negativos superiores a los positivos. En estos casos, no podrá aplicarse ninguna de las reducciones hasta ahora comentadas.
Si la base liquidable general resultase negativa en los términos anteriormente comentados, su importe deberá ser compensado con los de las bases liquidables generales positivas que se obtengan en los cuatro años siguientes.
La compensación deberá efectuarse en la cuantía máxima que permita cada uno de los ejercicios siguientes y sin que pueda practicarse fuera del plazo, a que se refiere el párrafo anterior, mediante la acumulación a bases liquidables generales negativas de años posteriores.
Atención: los importes de las bases liquidables generales negativas de los ejercicios 2015 a 2018 pendientes de compensar al inicio del ejercicio, los aplicados en la declaración y el remanente pendiente de aplicación en ejercicios futuros así como como el importe de la base liquidable general negativa de 2019 que quede pendiente de compensar en los 4 ejercicios siguientes, deben hacerse constar en el anexo C.3 de la declaración en el apartado "Bases liquidables generales negativas pendientes de compensar en los ejercicios siguientes".
Reglas de compensación en tributación conjunta
Las bases liquidables generales negativas determinadas en tributación conjunta serán compensables, exclusivamente, en caso de tributación individual posterior, por aquellos contribuyentes a quienes correspondan de acuerdo con las reglas sobre individualización de rentas contenidas en la Ley del impuesto.