Requisitos para considerar un gasto deducible
Los requisitos y condiciones que con carácter general deben cumplir los gastos para tener la consideración fiscal de deducibles son los siguientes:
- Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada. Es decir, que sean propios de la actividad.
- Que se encuentren convenientemente justificados.
Véase al respecto el artículo 106.4 de la Ley General Tributaria.
- Que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio
deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.
La declaración de los gastos deducibles se efectuará consignando los que, habiéndose producido en el desarrollo de la actividad, tengan la consideración de fiscalmente deducibles. Aquellos gastos deducibles que no aparezcan expresamente recogidos en dichas rúbricas, se reflejarán en la correspondiente a “Otros conceptos fiscalmente deducibles (excepto provisiones)”.