Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
Normativa: Art. 9. f) Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.
Cuantía de la deducción
El 15 por 100 de las cantidades donadas a favor de las siguientes entidades:
- Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León.
- Fundaciones y otras instituciones cuya actividad principal sea la investigación, el desarrollo y la innovación empresarial para la financiación de proyectos desarrollados en Castilla y León con alguna de estas finalidades.
Límite máximo conjunto de las deducciones por donaciones a fundaciones y para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación y para la recuperación del patrimonio cultural y natural
La base máxima conjunta de las tres deducciones autonómicas no podrá exceder del 10 por 100 de la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente o de la unidad familiar en el caso de declaración conjunta. Dicho importe es el resultado de sumar las casillas [0500] y [0510] de la declaración.
Este límite actúa de forma separada e independiente del límite del 10 por 100, aplicable a las mismas deducciones generales por donativos y otras aportaciones, contemplado en la normativa estatal del IRPF.