Para contribuyentes con discapacidad
Normativa: Art. 1. Diez Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.
Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción
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100 euros por cada contribuyente que tenga acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Nota: respecto a la acreditación del grado de discapacidad téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 72 Reglamento del IRPF que se comenta en el capítulo 14 de este Manual al hablar de mínimo por discapacidad.
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Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere las siguientes cantidades: