3. Por donaciones a empresas culturales
Recuerde: esta deducción no es aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos antes del 30 de abril de 2021.
Normativa: Art. 32.14.d) Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.
Cuantía y límites de la deducción
-
El 20 por 100 de las cantidades donadas desde el 30 de abril hasta el 31 de diciembre de 2021, a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000 euros con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para ser empleados en el desarrollo de las siguientes actividades:
1.º La cinematografía, las artes audiovisuales y las artes multimedia.
2.º Las artes escénicas, la música, la danza, el teatro y el circo.
3.º Las artes plásticas o bellas artes, la fotografía y el diseño.
4.º El libro, la lectura y las ediciones literarias, fonográficas y cinematográficas, en cualquier soporte o formato, incluyendo el libro y la lectura.
5.º Las relacionadas con la investigación, documentación, conservación, restauración, recuperación, difusión y promoción del patrimonio cultural material e inmaterial de La Rioja.
6.º El folclore y las tradiciones populares de La Rioja, especialmente la música popular y las danzas tradicionales.
7.º Las artes aplicadas como la joyería y cerámica artesanal.
-
Límite máximo
El importe máximo de esta deducción no podrá superar los siguientes límites:
-
Límite de la deducción aplicable por contribuyente: 500 euros anuales.
-
Límite aplicable a la suma de las deducciones por donaciones irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo del artículo 32.14 de la Ley 10/2017: 30 por 100 de la cuota íntegra autonómica del sujeto pasivo.
-
Incompatibilidad
Esta deducción será incompatible con las deducciones “Por donaciones para la promoción y estímulo de las actividades de fomento de mecenazgo” y “Por donaciones para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja".