Actividades económicas desarrolladas directamente por personas físicas
- Circunstancias que deben concurrir para la aplicación del método de estimación objetiva
 - 1. Actividades incluidas en la relación contenida en la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre
 - 2. Renuncia a la aplicación del régimen de estimación objetiva y al régimen especial simplificado del IVA o del IGIC
 - 3. Causas de exclusión del método de estimación objetiva
 - Consecuencias de la exclusión del método de estimación objetiva