Fase 1ª: Determinación del rendimiento neto previo
Normativa: Véanse el Anexo II e instrucciones 2.1 de la Orden 1155/2020, de 25 de noviembre (BOE de 4 de diciembre)
El rendimiento neto previo de la actividad está constituido por la suma de los productos obtenidos de multiplicar el número de unidades empleadas, utilizadas o instaladas en la actividad de cada uno de los módulos, por el rendimiento anual antes de amortización asignado a cada unidad de módulo.
Los rendimientos anuales por unidad de módulo antes de amortización aplicables en 2021 a cada una de las actividades incluidas en el método de estimación objetiva se reproducen como apéndice al final del presente Capítulo.
Por tanto, para la determinación del rendimiento neto previo hay que tener en cuenta: