1. Reducción general: 5 por 100
Normativa: Disposición adicional primera de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre (BOE del 4 de diciembre)
La disposición adicional primera de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre (BOE de 4 de diciembre), por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE del 30), ha establecido una reducción del rendimiento neto de módulos del 5 por 100 aplicable con carácter general en el ejercicio 2021 a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva.