Por certificación de la gestión forestal sostenible
Normativa: Art. 14 Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre
Cuantía y límite de la deducción
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El 30 por 100 de las cantidades invertidas durante el ejercicio para la obtención de certificación de la gestión forestal sostenible otorgada por la Entidad Solicitante de la Certificación Forestal Regional del Principado de Asturias o entidad equivalente.
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La deducción se aplicará en el ejercicio en que se obtenga la certificación de la gestión forestal sostenible y el importe máximo será de 1.000 euros por contribuyente.
Condiciones y otros requisitos para la aplicación de la deducción
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Los contribuyentes han de ser propietarios de montes ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma y haber obtenido la citada certificación de gestión forestal.
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La base de la deducción la constituyen las cantidades invertidas durante el ejercicio en la obtención de la certificación de la gestión forestal sostenible, incluyendo todos los costes asociados al logro de la propia certificación y excluyendo las subvenciones que, en su caso, hubiese recibido el propietario de la finca para ese fin.
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Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la aplicación de la deducción en relación con los mismos bienes y aquellos realicen declaración individual del impuesto, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
Se entenderá por “los mismos bienes”, a efectos de aplicar el prorrateo de la deducción, los montes -definidos en el artículo 5 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal- que constituyan una finca o parcela independiente, con referencia catastral que la identifique delimitando su ámbito espacial, pertenecientes a varios dueños pro indiviso o en régimen de copropiedad.