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Manual práctico de Renta 2023.

Obtención del borrador de declaración del IRPF y de los datos fiscales

Qué incluye el  borrador de la declaración del IRPF

El borrador de declaración se elabora para cada contribuyente a partir de los datos económicos facilitados por terceros a través de declaraciones informativas y de la información de carácter personal en poder de la AEAT. Dichos datos fiscales se ponen a disposición del contribuyente con el fin de facilitar la confección de la declaración del IRPF.

Para acceder al borrador de la declaración y los mencionados datos fiscales, el contribuyente dispone de cualquiera de los medios señalados en el punto anterior.

El plazo para obtener el borrador y/o los datos fiscales abarca desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024.

Una vez obtenido el borrador de declaración, si el contribuyente considera que refleja su situación tributaria a efectos del IRPF, podrá efectuar la confirmación del mismo en cuyo caso, el borrador de declaración del IRPF debidamente confirmado tendrá la consideración de declaración del IRPF, o bien instar su modificación por cualquiera de los medios que se señalan en el apartado siguiente cuando considere que han de añadirse datos económicos o personales no incluidos o advierta datos erróneos o inexactos en el mismo.

La aplicación informática a disposición del contribuyente para la elaboración de la declaración del IRPF se denomina Renta WEB.

Serán válidas las declaraciones efectuadas a través de los servicios de ayuda prestados en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas a tal efecto por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades locales para la prestación de dicho servicio y cuya presentación se efectúe en las citadas oficinas a través de la intranet de la Agencia Tributaria.

Plazo para obtener el borrador y/o de los datos fiscales

Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024.

Acceso al borrador de declaración del IRPF y a los datos fiscales

Todos los contribuyentes, en los plazos y haciendo uso de alguno de los sistemas de identificación que se indican a continuación, podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde dónde podrán confirmar y presentar el mismo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo. En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge y, en su caso, de los restantes miembros de la unidad familiar que perciban rentas, así como su número de referencia o Cl@ve Móvil (incluye Cl@ve PIN).

A este Servicio de tramitación del borrador/declaración se puede acceder a través del portal web de la Agencia Tributaria en Internet en la dirección electrónica: https://sede.agenciatributaria.gob.es.

Los datos fiscales de la declaración del IRPF también estarán disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica  https://sede.agenciatributaria.gob.es, accediendo a través del trámite de “Datos fiscales”.

Además, los contribuyentes también podrán acceder a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración a través de una aplicación para dispositivos móviles, previo registro en la misma, utilizando el sistema Cl@ve Móvil (incluye Cl@ve PIN) o el número de referencia a los que nos referimos en las letras b) y c) del apartado de sistemas de identificación para el acceso al borrador y/o los datos fiscales. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración siempre que no tengan que modificar o incluir algún dato adicional.

En cualquier caso, la falta de obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales no exonerará al contribuyente de su obligación de declarar.

Importante: todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas que hayan obtenido durante el ejercicio (de trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario, de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta) podrán obtener el borrador de la declaración a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), tras aportar, en su caso, determinada información que les será solicitada al efecto, u otra información que el contribuyente pudiera incorporar.