Módulo "Distancia recorrida"
Normativa: Instrucción 7 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF del anexo II Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (BOE de 1 de diciembre).
La actividad de transporte por autotaxis tiene como módulo asignado la "distancia recorrida" por cada vehículo afecto a la actividad, debiendo computarse la totalidad de los recorridos en el año. La unidad está constituida por 1.000 km.