Índice 4. Piensos adquiridos a terceros en más del 50 por 100
Normativa: Disposición adicional séptima e Instrucción 2.3.d) del anexo I Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (BOE de 1 de diciembre)
Cuando en las actividades ganaderas se alimente el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros, que representen más del 50 por 100 del importe total de los consumidos, a los rendimientos procedentes de dichas actividades se les aplicará en 2023 el índice del 0,50.
A estos efectos, la valoración del importe de los piensos y otros productos propios se efectuará según su valor de mercado.