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Manual práctico de Renta 2023.

Cuadro: Reducciones en base imponible aplicables por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

A. Planes de pensiones del sistema de empleo, Planes de Previsión Social y Mutualidades de Previsión Social

  1. Aportaciones realizadas por la empresa

    Situaciones Calificación a efectos de aplicación de límites (Art.52 Ley IRPF) Tratamiento fiscal para el trabajador Límites
    Decide la empresa Contribución empresarial

    Retribución en especie sin ingreso a cuenta + Reducción en la Base Imponible

    Nota: para la empresa es gasto deducible en IS /IRPF (EDN/EDS)

    1.500 + 8.500
    Retribución flexible  (decide el trabajador): Límite del 30% de la retribución íntegra anual para todas las retribuciones en especie (art. 26.1 del ET) Aportación del trabajador Retribución en especie sin ingreso a cuenta + Reducción en la Base Imponible

    1.500 

    1. Trabajadores con RNT = o > 60.000 euros

    Resultado de multiplicar por 1 las contribuciones empresariales. Máximo 4.250

    2. Trabajadores con RNT < 60.000 euros

    • Contribución = o < 500 euros. El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5. Máximo 1.250
    • Contribución entre 500,01 y 1.500 euros = 1.250 + 0,25 x (CE - 500 euros). Máximo 1.500
    • Contribución entre + de 1.500 euros = CE x 1. Máximo 4.250
    Mediación en el pago  (por orden y cuenta del trabajador) Aportación del trabajador (Retribución dineraria + retención) + Reducción en la Base Imponible

    (*) Abreviaturas utilizadas en el cuadro:

    • IS: Impuesto sobre Sociedades
    • IRPF: Impuesto sobre la renta de las personas Físicas
    • EDN/EDS: método de estimación directa para determinación del rendimiento neto de actividades económicas en IRPF. Modalidad normal y modalidad simplificada
    • RNT: Rendimiento neto del trabajo
    • CE: Contribución empresarial
  2. Aportaciones realizadas por el trabajador

    Situaciones Calificación a efectos de aplicación de límites (Art.52 Ley IRPF) Tratamiento fiscal para el trabajador Límites
    Pago directo - Aportación voluntaria Aportación del trabajador Reducción en la base Imponible

    1.500 

    1. Trabajadores con RNT = o > 60.000 euros

    Resultado de multiplicar por 1 las contribuciones empresariales. Máximo 4.250

    2. Trabajadores con RNT < 60.000 euros

    • Contribución = o < 500 euros. El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5. Máximo 1.250

    • Contribución entre 500,01 y 1.500 euros = 1.250 + 0,25 x (CE - 500 euros). Máximo 1.500

    • Contribución entre + de 1.500 euros = CE x 1. Máximo 4.250

    (*) Abreviaturas utilizadas en el cuadro:

    • RNT: Rendimiento neto del trabajo
    • CE: Contribución empresarial

B. Planes de Pensiones del sistema asociado y Planes de Pensiones del sistema individual y Plan de Previsión Asegurado

Aportante Situaciones Calificación a efectos de aplicación de límites (Art.52 Ley IRPF) Tratamiento fiscal para el trabajador Límites
La empresa El trabajador elige el producto de previsión social donde aportar (la empresa actúa como simple mediadora) Aportación del trabajador (Retribución dineraria + retención) + Reducción en la Base Imponible 1.500
El trabajador El trabajador elige el producto de previsión social donde aporta. Aportación del trabajador Reducción en la base Imponible
Trabajador por cuenta propia o autónomo/ empresario individual o profesional Aportaciones realizadas por el propio autónomo empresario o profesional para él Contribución empresarial Reducción en la base Imponible 1.500 + 4.250

C. Planes de pensiones de empleo simplificados previstos en el artículo 67TRPFP y Mutualidades de Previsión Social

Aportante Situaciones Calificación a efectos de aplicación de límites (Art.52 Ley IRPF) Tratamiento fiscal para el trabajador Límites
Trabajador por cuenta propia o autónomo/ empresario individual o profesional Aportaciones realizadas por el propio autónomo empresario o profesional para él Contribución empresarial Reducción en la base Imponible 1.500 + 4.250