Comunidad Autónoma de Cantabria
Los contribuyentes que en 2025 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:
- Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad
- Por cuidado de familiares
- Por obras de mejora
- Por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad
- Por acogimiento familiar de menores
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación
- Por gastos de enfermedad
- Por gastos de guardería
- Para familias monoparentales
- Por nacimiento o adopción de hijos
- Por arrendamiento de vivienda situada en municipios afectados por riesgo de despoblamiento en Cantabria que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del arrendatario (deducción para el arrendatario)
- Por gastos de guardería para contribuyentes que tengan su residencia habitual en municipios afectados por riesgo de despoblamiento en Cantabria
- Por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a un municipio afectado por riesgo de despoblamiento en Cantabria por motivos laborales por cuenta ajena o por cuenta propia
- Por gastos de traslado por razón de estudios en municipios afectados por riesgo de despoblamiento en Cantabria
- Por residencia habitual en un municipio afectado por riesgo de despoblamiento en Cantabria
- Por inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria
- Por gastos de educación
- Por ayuda doméstica
- Por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero
- Para compensar los gastos de desplazamiento y permanencia de nuevos residentes en Cantabria
- Por el arrendamiento de viviendas vacías