Deducciones de la cuota íntegra
Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa
Régimen general y regímenes especiales de deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
- Regímenes especiales de deducciones
Programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público.
Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a acontecimientos de excepcional interés público aprobados en Real Decreto-ley 8/2025, de 8 de julio, por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público (BOE de 9 de julio).
Régimen económico fiscal de Canarias
Deducción por Inversiones en adquisición de activos fijos
En relación a los límites aplicables a la deducción por inversiones en activos fijos realizadas en Canarias, el Tribunal Supremo ha fijado como criterio interpretativo en sus Sentencias núm. 3486/2005, 744/2009 y 745/2009, de 31 de mayo, 29 y 15 de enero, respectivamente, que el límite conjunto del 70 por 100 (80 por 100 para las Islas de La Palma, La Gomera y El Hierro) sólo se aplica en el caso de que concurran deducciones por inversiones en activos fijos en Canarias de períodos impositivos anteriores junto con las deducciones del propio período impositivo.
Reserva para inversiones en Canarias
Las Leyes 6/2025, de 28 de julio y 7/2024, de 20 de diciembre, incorporan diversas modificaciones al artículo 27 de la Ley 19/1994, de modificación del régimen Económico y fiscal de Canarias, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2025. Las principales novedades se refieren a:
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Se añade un párrafo nuevo al artículo 27.1 para precisar que las entidades financieras únicamente podrán materializar sus dotaciones de la RIC en los instrumentos financieros previstos en el número 3.º de la letra D del artículo 27.4 cuando el proyecto que se financie pueda encuadrarse en las inversiones previstas en las letras A (inversiones iniciales) o B (creación de empleo).
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Se reemplaza el concepto de “vivienda con fines turísticos” por la expresión “vivienda vacacional” en su modalidad extrahotelera, sometida a una regulación específica en Canarias por el Decreto 142/2010, de 4 de octubre.
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Se consideran igualmente inversiones iniciales las efectuadas en suelo, edificado o no, siempre que no se hayan beneficiado anteriormente del régimen de la RIC y se destinen a la promoción de viviendas protegidas, y sean destinadas al arrendamiento incluso cuando intervenga un ente, entidad u organismo público intervenga como intermediario en la formalización efectiva del arrendamiento.
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A partir de 2025, en relación con la suscripción de instrumentos financieros, se permite que dichos instrumentos emitidos por entidades financieras, financien no solo proyectos privados en Canarias sino también proyectos de colaboración público-privada.
Finalmente, se permite la materialización de la RIC en la adquisición y, en su caso, construcción de bienes inmuebles situados en Canarias destinados de modo novedoso al arrendamiento de vivienda habitual (siempre que el inmueble no haya estado arrendado dentro del año anterior), con o sin opción de compra, y no exista vinculación directa o indirecta con el arrendatario. Se admite también la materialización de la reserva mediante la realización de inversiones en creación de empleo relacionada de forma directa con las inversiones previstas, y mediante la suscripción de acciones o participaciones en el capital de sociedades que desarrollen en el archipiélago su actividad, como consecuencia de su constitución o ampliación de capital, cuando tales entidades realicen inversiones afectas al arrendamiento de vivienda habitual.
Régimen fiscal especial de las Illes Balears
El citado régimen fiscal especial para las Illes Balears continúa siendo aplicable en los ejercicios 2023 a 2028, ambos incluidos, que fue objeto de desarrollo reglamentario a través del Real Decreto 710/2024, de 23 de julio (BOE de 24 de julio).
Deducción por residencial habitual y efectiva en la isla de La Palma durante el ejercicio 2025
El Real Decreto-ley 13/2025, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas complementarias urgentes para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras los daños ocasionados por las erupciones volcánicas, convalidado por el Congreso de los Diputados por Resolución de 11 de diciembre de 2025, modifica la disposición adicional quincuagésima séptima en la Ley del IRPF para ampliar a 2025 el ámbito temporal de aplicación de la deducción prevista en el artículo 68.4.1º de la Ley del IRPF (deducción por la obtención de rentas en Ceuta y Melilla) aplicable a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Con efectos desde 1 de enero de 2025, se modifica la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF para ampliar el ámbito de aplicación temporal de las deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética por un año más (por las cantidades satisfechas por obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 en el caso de viviendas habituales, y hasta el 31 de diciembre de 2027 en el caso de edificios residenciales).
Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga
Como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, continúan siendo aplicables hasta el 31 de diciembre de 2025 las dos nuevas deducciones que establece la disposición adicional quincuagésima octava en la Ley del IRPF, que son:
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Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible nuevos.
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Deducción para la instalación de puntos de recarga de baterías para dichos vehículos eléctricos.