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Manual específico para personas con discapacidad

Comunidad de Madrid

Los contribuyentes que en 2023 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad de Madrid podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:

  1. Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad
  2. Por cuidado de ascendientes
  3. Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad