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Manual específico para personas con discapacidad

Comunidad Autónoma de Aragón

Los contribuyentes que en 2022 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán aplicar las siguientes deducciones autonómicas:

  1. Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%

    (Art. 110-3 Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre)

  2. Por el cuidado de personas dependientes

    (Art. 110-5 Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre)