Por familiares dependientes con discapacidad
(Disposición adicional cuarta. Quince Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009, de 21 de abril)
Cuantía de la deducción
600 euros por cada ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, que genere el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad.
Requisitos para la aplicación de la deducción
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Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción, no sea superior a:
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42.900 euros en tributación individual.
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57.200 euros en tributación conjunta.
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Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción prevista en el presente artículo, se estará a las reglas del prorrateo, convivencia y demás límites previstos en la normativa estatal del IRPF.